¿Sabías que en la Ciudad de México nueve de cada 10 litigios de divorcio fueron de mujeres demandando pensión alimenticia? o ¿que la cuarta causa de divorcio judicial fue la negativa a cumplir – aún con sentencia establecida – con el sostenimiento del hogar por parte de alguno de los cónyuges? (INEGI, 2008).
¿Qué significa esto? Que en México, es muy común que los hombres y, algunas veces, las mujeres no cumplan con el pago de la pensión alimenticia, a pesar de la existencia de una orden o un convenio que los obligue.
En este sentido, es frecuente que cuando ocurre un divorcio, o una pareja se separa,la mujer, por lo general, se queda sola con los hijos y sin un apoyo económico, comprobando así una de las principales dificultades que una mujer suele tener ante una separación. Incluso un estudio efectuado por el Centro de Estudios Históricos e Interdisciplinarios sobre las mujeres refiere que entre los principales temores que padecen ellas antes de promover un divorcio son: la preocupación por los hijos con un 62%, seguido de la situación económica en un 43% (Eguiluz, 2004).
Y ¿qué es la pensión alimenticia? Este concepto no solo se refiere a la satisfacción de las necesidades nutricionales, sino también comprende el vestido, la habitación, la atención médica, y en caso de los menores, educación, de ahí su importancia y más allá, la necesidad de garantizar su cobertura.
Aún cuando la situación es compleja y es visible el problema de las mujeres para obtener la pensión alimenticia tras un divorcio (ya sea porque el varón no está dispuesto a seguir aportando al sostenimiento del hogar y a la manutención de los hijos, por simple rechazo, por tener un salario bajo, trabajo eventual, desempleo, o bien tener otra pareja e hijos que sostener), no deja de sorprender el tipo de medidas que nuestros legisladores proponen para “agilizar” el trámite. Me refiero al llamado “divorcio exprés”, en el que se disuelve el vínculo matrimonial en aproximadamente 40 días, dejando a las partes en posibilidad de contraer nuevas nupcias.
Sin embargo, lo que no se ha dicho es que esta ley no resuelve problemas de fondo como son la patria potestad, guarda y custodia de los menores, derecho de visita, pensión alimenticia y participación de bienes, procedimientos que tardan muchos meses o quizá años para llegar a un acuerdo. Es claro, la rapidez no implica solución.
Es cierto, también ha habido otros esfuerzos para garantizar la cobertura de este derecho, como el realizado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al pronunciarse por la posibilidad de que un menor presente una demanda de reconocimiento de paternidad y pensión alimentaria, aún cuando exista una resolución a favor del padre absolviéndolo de tales obligaciones.
Sin duda, este pronunciamiento es una medida por proteger el interés superior del menor en nuestro país pero aún falta por hacer.
Otra acción más que se está impulsando es la de garantizar el cumplimiento de la obligación alimentaria de acuerdo a los egresos del deudor, cuando no hay claridad en la forma de comprobación de sus ingresos. De esta manera no hay posibilidad de que el padre-deudor oculte o mienta sobre el monto de sus ingresos, caso desafortunadamente muy común hoy en día. Se sabe que en el Distrito Federal y en el estado de Tamaulipas se ha adoptado esta nueva forma de determinar las aportaciones; ojalá que sean más lugares donde se implemente para, así, proteger a los menores y al mayor número de personas con leyes adecuadas.
Y es que las fuentes de la pensión alimenticia provienen tanto del matrimonio como del parentesco en cuarto grado. Esto quiere decir que la relación no solo es de padres a hijos, sino también de la responsabilidad de los hijos para con sus padres, así como entre parientes cercanos, ya sean tíos, sobrinos o abuelos.
¿Porqué en cuestión de herencia sí podemos y nos interesa recibir bienes de nuestros padres, tíos o abuelos, pero cuando se trata de protegerlos, entonces nos lavamos las manos?
Ahora bien, esta responsabilidad se basa en un principio de “proporcionalidad”, es decir, según las posibilidades del deudor es lo que debe recibir el acreedor, ni más ni menos: si el padre puede darle mucho o poco a su esposa o hijos, este recurso debe ser de acuerdo a sus posibilidades reales, sin llegar evidentemente al abuso de parte de quien recibe.
Finalmente, el garantizar la protección de quien lo requiere, por aquel que tiene la posibilidad de dárselo – más cuando se trata de la propia familia- , no solo es una responsabilidad moral, es una responsabilidad de carácter jurídico.
Y tu que opinas?
Disculpe, tengo un hijo de 2 años y quiero preguntar…si mi ex pareja trabaja en una universidad y tiene negocio propio (bares) tiene la obligacion de dar lo proporcional de ambos ingresi?? Actualmente apoya con $600.00 x semana….gracias!!
Hola Karina! Gracias por tu mensaje. Si tienes forma de comprobar que tiene ingresos en los dos lugares si tiene obligación de darte de ambos. Lo que sucede muchas veces es que no tienen constancia de sus ingresos en determinadas situaciones como la de un bar. Sabes tu si los tiene? Muchos saludos!
Estimada Karina! Según yo se (no soy experta en el tema) se suman los ingresos para establecer la pensión alimenticia, aunque estos tienen que ser comprobables. Muchos saludos!
YO SE QUE UD,, SI DE MANERA PERSONAL NO PUEDE SOLUCIONAR ESTE PROBLEMA NOS DARA UNA GUIA, UNA ORIENTACION RECOMEDARNOS ALGUNA PERSONA , NO SE UD,.SABRA QUE PODEMOS HACER NO NOS DEJE SOLAS POR FAVOR SE LO SUPLICO
SRA LEGORRETA CON UN AFECTUOSO SALUDO ME DIRIJO A UD, YA QUE HE TENIDO LA OPORTUNIDAD DE VERLA EN MATUTINO EXPRESS POR LAS MAÑANAS UN SUS AFORTUNADAS APARICIONES, LO QUE ME HA HECHO DISFRUTARLA, POR LO QUE ME HE ATREVIDO A RECOMENDARLA CON DOS PERSONAS MUY QUERIDAS PARA MI LA PRIMERA SE LLAMA ROXANA Y ELLA SE DIVORCIO HACE 5 AÑOS, Y
SU MARIDO NO QUIERE PASARLE UNA PENSION , Y ELLA ES COMO YO ASESORA INMOBILIAIRIA Y SI VENDEMOS COBRAMOS SI NO,NO,
LA SEGUNDA ES UNA ABUELA QUE MANTIENE A SUS NIETOS Y A SU HIJA, Y LO HACE PORQUE SU HIJA PADECE DE DESMAYOS CONTINUOS Y DOLORES DE CABEZA QUE LA HAN INCAPACIDADO POR AÑOS, EL HOMBRE TOMO CAMINO Y NO LE AYUDA A LA ABUELA QUE PASA GRANDES PROBLEMAS PARA MANTENERLOS YA QUE SU NEGOCIO PROPIO YA NO ES TAN PROSPERO COMO ELLA QUISIERA EL TIPO LE DIJO.- QUE NO SE HAN DADO CUENTA DE QUE YA NO ME IMPORTAN,, CUANDO UNO DE LOS NIÑOS ESTUVO EN EL HOSPITAL.
Y BUENO
QUERIDA SRA LEGORRETA TENGO MUCHA CONFIANZA EN UD. SE QUE NOS DARA UNA LUZ PARA PODER CONTINUAR CON TODO ESTO POR FAVOR AYUDENOS VEO EN SU ROSTRO HONESTIDAD Y RESPETO
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Estimada Mary Carmen! En primer lugar te pido una disculpa por contestarte hasta ahora, algo pasó en mi computadora que no me llegaron los mensajes. Te agradezco muchísimo tus palabras y la confianza de platicarme y recomendarme con otras amigas y familiares tuyas.
Tengo un lugar muy bueno que puedo recomendarlas, en donde hay psicólogos y orientadores familiares que pueden ayudarlas en el problema concreto de cada una. Se llama “Somos tu Familia”, les dices que hablas de mi parte y el cobro va de acuerdo a la situación de cada persona. El teléfono es: 5536 1676 este 114. Cuéntame como les fue después de ir, y si tienes cualquier problema me avisas.
Muchos saludos y un fuerte abrazo!
Lucía
No sé si en este espacio es donde se solicita la orientación. Mi hija vive en CDMX y desde a hace dos años le solicitó al papa de su hija un incremento de la pensión en $500.00, y que le de la parte del aguinaldo que le corresponde a su hija. Fue todo un problema. Incluso hablo la abuela paterna, mi hija contesto el teléfono y la abuela, sin saludar pidió hablar con la niña. Obvio que está enterada de todo. Me preocupa la seguridad de mi hija.
Hola María! Me da gusto saludarte y agradecerte tu mail. Lamentablemente yo no te puedo ayudar para el tema de un incremento en la pensión alimenticia. Lo tendrías que ver con un abogado especialista en el tema familiar. Te invito a hacerlo, ya que la ley protege siempre a los menores para que reciban de parte de sus padres lo que les corresponde, que no solo son alimentos, sino vestido, educación, esparcimiento, etc.
Muchos saludos!
Hola. Veo que hay muchos casos difíciles en esta sociedad y se que tal ves muchos son injustos. quiero ser breve y me gustaría mucho me ayudara con su experiencia que tiene en estos casos. Tuve una relación con mi ex pareja de siete años ella tenia una niña de tres años la cual juntos participamos en su desarrollo tanto en lo económico y familiar. de esta relación procreamos una hija y lo mismo hicimos con ella formar una familia. Pensaba que todo iba bien hasta que ella abandono el hogar llevándose a nuestra hija levante una acta y empece a pasar pensión pero después me entere que ya estaba embarazada y le deje de darle dicha pensión. Se caso con este hombre y deje de ver a mi hija. Ahora me entero que ya se divorcio nuevamente. Ya tiene tres hijos con diferente Padre y yo soy el único TONTO que no me permite ver a mi hija me argumenta que ella no quiere verme. Y me argumenta que he perdido todo derecho a ver a mi hija esto es cierto?Por favor podría decirme que puedo hacer
Estimado Javier! Como papá tienes el derecho de ver a tu hija siempre! Te recomiendo que consultes a un abogado familiar que te indique que tienes que hacer. Si tu hija es menor de edad, está obligado a darle pensión independientemente de tu relación con su mamá. Te recomiendo dos cosas: no dejar de darle la pensión, ya que la niña no tiene la culpa de lo que sucede con ustedes y necesita de tu apoyo, y dos: busca asesoría para que puedas verla, ” tienes todo el derecho”. Sino encuentras a algún abogado bueno, me avisas para recomendarte a alguno. Donde vives?
Muchos saludos!
Hola Lucía, no sé si pueda orientarme. Me casé hace 10 años por sociedad conyugal y hace 6 años mi esposa abandonó el hogar conyugal (era la casa de mi mamá) y nunca quiso regresar. No tuvimos hijos ni compramos propiedades. Le demandé el divorcio incausado (vivo en el D.F.) y ella contrademandó el pago de una pensión alimenticia del 40%. Ella trabaja en la SSPDF y además tiene un negocio de maquila de bolsas de plástico y material de empaque. Nunca se dedicó a las labores domésticas, ya que yo soy el que hace la comida y limpia la casa.
¿Puede demandarme el pago de tal pensión?
Agradezco su orientación.
Hola Jorge!
Perdón por responderte hasta ahora, pero tuve algunos problemas con mi computadora. Sobre lo que me platicas no soy abogada, pero hasta donde se si ella tiene ingresos y no tuvieron hijos no tiene porque demandar pensión alimenticia. Te sugiero que consultes a un abogado en derecho familiar para que te asesore adecuadamente. Sino tienes uno avísame para preguntar quien puede ayudarte. Muchos saludos!
Lamentablemente hombres como mujeres encuentran ese recurso de la ley para hacerse de un ingreso mas y tristemente en la actualidad así como se aplican pensiones de manera justa y necesaria, también se aplican de manera injusta buscando la conveniencia de una de las partes.
Lo mas importante es actuar de buena fe y no buscando el perjuicio de la otra persona, puesto que en esas situaciones de separación se ve mucho enojo y rencor. El dialogo respetuoso siempre por delante.
Saludos.
Estimado Daniel:
Una disculpa por contestarte con tanta demora, tienes toda la razón en que muchas veces las pensiones se aplican injustamente y lo más triste es que los afectados al final del camino son los propios hijos! Coincido en que un diálogo respetuoso es la solución. Muchos saludos y gracias por tus comentarios!
el padre de mis hijos me amenazo hoy que si lo demando penalmente se ira y se olvidara de sus hijos, ademas dice que nuestro segundo hijo fue algo que yo decidí, entonces pues es mi problema, casi casi me dijo que el solo abogara por el primero, ayuda por favor, como debo proceder, conozco parte de la ley pero no estoy segura de los argumentos que debo emplear
Hola Guadalupe!
Perdón por contestarte hasta ahora, pero tuve problemas con mi mail! Que edad tienen tus hijos, ya que si son menores
de edad, por supuesto que por ley debes de seguir teniendo ayuda económica por parte de su papá. Que edad tienen?
Estas casada con él? Para yo consultar al especialista y poderte ayudar.
Muchos saludos,
Lucia
vivo en Guadalajara y la ex pareja de mi hijo no nos deja ver a mi nieta. La Vi hoy día 21 en foro TV hablando sobre la nueva ley. Quiero saber si aplica en Guadalajara también. Y que podemos hacer para poder ver a mi nieta
Gracias